Suspenden a abogado por abandonar cobro de letras de cambio
11 de Agosto de 2022
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial analizó una sentencia que sancionó a un abogado por incurrir en faltas establecidas en la Ley 1123 del 2007, a título de culpa y también de dolo.
Quien presentó la queja disciplinaria manifestó que le entregó dos letras de cambio al jurista con el fin de que interpusiera las demandas respectivas, pero no lo hizo. Declaró que ante los reclamos hechos al abogado este le devolvió las letras y expuso que con su actuar se generaron perjuicios por más de cinco millones de pesos.
La Sala corroboró que el disciplinado abandonó las actuaciones propias de la gestión profesional, toda vez que interpuso la demanda pero no realizó las actuaciones dentro del proceso, por lo que el juzgado lo terminó por desistimiento tácito; entonces, retiró la demanda y sus anexos y no realizó el cobro del título valor encomendado, sino que lo devolvió a su poderdante, faltando un mes para que prescribiera.
Por lo expuesto, la comisión confirmó la sanción impuesta al abogado, que consiste en suspensión en el ejercicio de la profesión y multa (M. P. Juan Carlos Granados Becerra).
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