Publicidad comercial de terceros no debe hacer parte de la factura de servicios públicos (11:55 a.m.)
18 de Octubre de 2012
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Nota:
83831
Aunque la Superintendencia de Servicios Públicos no se pronuncie respecto a los acuerdos privados que realicen las empresas prestadoras con terceros, para efectos de distribución de publicidad comercial, sí es clara al establecer que las facturas de servicios públicos deben contener una obligación clara, expresa y exigible y, en tal sentido, no deben contener elementos extraños, a menos que se trate de información de interés para el usuario directamente relacionada con el objeto de facturación, pero evitando confusión.
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