Revisiones periódicas del servicio de gas natural se deben realizar máximo cada cinco años
21 de Octubre de 2022
Si bien la instalación de la red interna del servicio público domiciliario de gas natural es del usuario, corresponde a la empresa prestadora verificar que esta cumpla con las normas de calidad y demás lineamientos técnicos de seguridad establecidos, a través de la expedición del certificado de conformidad, señaló la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
En este sentido, los usuarios de este servicio público tienen la obligación de permitir las revisiones periódicas a sus instalaciones internas, lo cual corresponde a un procedimiento realizado por un organismo de inspección acreditado, que se debe realizar dentro de los plazos máximos y mínimos definidos en la regulación, con el objeto de garantizar la seguridad de las instalaciones en beneficio de los usuarios y de la comunidad en general.
Para adelantar este proceso, recordó la entidad, el usuario cuenta con un término máximo de cinco años, contados a partir de la fecha de la última revisión de su instalación interna de gas, es decir, el certificado de conformidad tiene una vigencia igual a la del plazo máximo previsto como fecha límite para la nueva revisión.
Por su parte, el distribuidor deberá asegurarse que el certificado de conformidad, la identificación del organismo acreditado que realizó la revisión periódica y la información correspondiente a la instalación interna de gas de sus usuarios repose en una base de datos que él mismo administre, lo que permite la trazabilidad necesaria a la información del usuario, como parte de la responsabilidad de verificar que se presta el servicio a quienes cumplan con los requisitos mínimos de seguridad.
Así las cosas, deberá contar con un listado actualizado de los organismos de inspección acreditados que podrán realizar la revisión periódica de la instalación interna de gas y tendrá la obligación de divulgar dicha información en su página web, así como suministrarlo al usuario con la notificación correspondiente o en cualquier momento, a petición del usuario.
Los prestadores de servicios públicos domiciliarios están obligados a suspender el servicio en el evento en que no se satisfagan los requisitos de las revisiones periódicas, por razones de seguridad. Valga anotar que la suspensión del servicio de gas también procede cuando el usuario no subsana los defectos críticos encontrados en la inspección, cuyos costos deben ser asumidos por él.
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