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Nicaragua presenta nueva demanda contra Colombia en la Corte Internacional de Justicia

27 de Noviembre de 2013

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El pasado 26 de noviembre, Nicaragua presentó ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) una nueva demanda contra Colombia, en la que alega la violación de sus derechos soberanos y de las zonas marítimas declaradas en la sentencia que ese tribunal internacional profirió el 19 de noviembre del 2012.

 

En el escrito, el país centroamericano le pide a la CIJ declarar que Colombia ha incumplido la obligación de no utilizar o amenazar con utilizar la fuerza y que ha violado sus derechos sobre las zonas delimitadas en la citada sentencia.

 

Como consecuencia de lo anterior, afirma que Colombia está obligada a cumplir dicho fallo, “borrar todas las consecuencias jurídicas y materiales de sus hechos internacionalmente ilícitos y reparar íntegramente el daño causado”.

 

Según un comunicado de la CIJ, el país demandante apoya sus pretensiones en declaraciones que el Presidente, el Vicepresidente, la Ministra de Relaciones Exteriores y el Comandante de la Armada de Colombia hicieron entre el 19 de noviembre del 2012 y 18 de septiembre del 2013.

 

Estas declaraciones, afirma Nicaragua, demuestran el rechazo de Colombia al juicio emitido por la Corte y la decisión de considerarlo como “no aplicable”. Además, alega que el Decreto 1946 del 2013, en el que se declara una zona contigua integral para San Andrés, “viola abiertamente los derechos de soberanía de Nicaragua sobre sus espacios marítimos en el Caribe”.

 

Para reforzar este argumento, señaló que antes y después de la promulgación de ese decreto, las declaraciones de las autoridades colombianas y el trato dado por las fuerzas navales a embarcaciones nicaragüenses han afectado seriamente las posibilidades para la explotación de los recursos vivos y no vivos en su zona económica exclusiva y la plataforma continental en el Caribe.

 

Finalmente, recordó que la denuncia del Pacto de Bogotá presentada por Colombia solo surte efectos a partir de este 27 de noviembre. Por lo tanto, la CIJ es competente para conocer esta nueva demanda.

 

(CIJ, Comunicado No. 36, nov. 27/13)

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