Reglan alivios financieros y alternativas de pago para pequeños y medianos productores agropecuarios
17 de Diciembre de 2021
El Ministerio de Agricultura incluyó dentro del artículo 2.17.2.2. del Decreto 1071 del 2015, en lo relacionado con la aplicación de las medidas contempladas en el artículo 3 de la Ley 2071 del 2020, alivios financieros y alternativas de pago a más de 330 mil pequeños y medianos productores de todas las regiones del país.
Lo anterior cuando se presenten obligaciones respaldadas por el Fondo Agropecuario de Garantías y de manera complementaria por otras garantías. También regula la aplicación de medidas a personas jurídicas que al momento de solicitar el crédito accedieron en calidad de créditos asociativos o esquemas asociativos, y, por ende, no fueron calificadas como pequeños o medianos productores; no obstante, están conformadas por pequeños o medianos productores del sector agropecuario, pesquero, acuícola, forestal y agroindustrial.
Igualmente, adicionó el Decreto 1071 del 2015, para reglamentar el funcionamiento del Fondo de fomento para las mujeres rurales (FOMMUR), recogiendo las propuestas planteadas en los espacios participativos llevados a cabo entre el Gobierno, los organismos de control y representantes de las mujeres rurales, con el fin de garantizar el debido cumplimiento del objeto definido por la Ley 731 del 2002 y demás normas aplicables.
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