11 de Enero de 2025 /
Actualizado hace 10 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General

General


Abogado fue sancionado por insultar y desafiar a pelear a un colega en el Palacio de Justicia de Medellín

31 de Octubre de 2016

Reproducir
Nota:
13385
Imagen
abogado-discusion-peleashut-1509241981.jpg

Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

Una decisión reciente de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó la sentencia en la que se sanciona con dos meses de suspensión en el ejercicio de la profesión a un abogado por la comisión de la falta prevista en el numeral 3°del  artículo 30 la Ley 1123 del 2007

 

Vale la pena decir que se constituye esta falta cuando un jurista provoca o interviene voluntariamente en riñas o en un escándalo público originado en asuntos profesionales. (Lea: Abogado deberá tuitear durante 30 días su condena por difamación)

 

Según reseña el proceso disciplinario, un abogado generó un escándalo público en las inmediaciones del Palacio de Justicia de Medellín,  al utilizar insultos y desafiar a pelear a un colega que le cobraba un acuerdo de pago de un proceso ejecutivo.

 

De acuerdo con el recurso de apelación, no se había demostrado que el profesional del Derecho provocara un escándalo público y, como consecuencia, no había certeza sobre la existencia de la falta, por cuanto en el incidente no hubo intervención de la policía que custodia permanentemente el Palacio de Justicia de Medellín.

 

Sin embargo, la corporación resolvió que el incidente no fue privado, pues lo presenciaron otras personas que estaban en el lugar de los hechos, quienes acudieron a dar testimonio. (Lea: Conozca por qué un juzgado del Caquetá fue galardonado con el VI Premio Excelencia en la Justicia)

 

Una abogada presente en el altercado señaló en detalle las palabras agresivas del disciplinado, así como la actitud, no sólo irrespetuosa y descortés, sino también provocadora e incitadora que tuvo este en la sede judicial más importante de los antioqueños.

 

Frente a la dosificación de la sanción, la Sala dijo que este tipo de comportamientos desprestigia notoriamente a la profesión. Lo anterior porque son los mismos abogados los que están llamados a dar ejemplo de cordura y respeto a la administración de justicia y a comportarse dignamente por la condición que ostentan.

 

De ahí que estas fueron las conclusiones más importantes a las que llegó la Sala Disciplinaria:

 

· La modalidad de la conducta fue de tipo doloso.

 

· El perjuicio causado se materializó contra la dignidad del abogado de la contraparte, quien vio menoscabada su imagen frente a las personas que se hallaban presentes.

 

· Las modalidades y circunstancias en que se cometió la falta y los motivos determinantes del comportamiento tuvieron lugar porque sucedió en un escenario público.

 

Finalmente, dijo que ese tipo de sanciones buscan que los deberes que tiene un letrado sean cumplidos efectivamente, con el fin de que la abogacía colabore efectivamente en la conservación y perfeccionamiento del orden jurídico del país y en la realización de la justicia material (M.P. José Ovidio Claros).

 

Consejo Superior de la Judicatura, Sentencia 05001110200020110342701, Jul. 13/16

 

Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvilSolicite un demo.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)