31 de Octubre de 2024 /
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Lo dicho por el disciplinado por sí solo no desvirtúa pruebas que declaran la responsabilidad

03 de Mayo de 2023

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Abogado no puede tomar dinero del cliente justificando que es parte de sus honorarios (Freepik)

Quien pretenda desvirtuar la fuerza probatoria de un elemento legal y oportunamente aportado en los referidos procesos debe demostrar sus argumentos a partir de elementos probatorios que tengan tal capacidad de derruir lo probado y no solo con aseveraciones personales que son fáciles de construir, explicó la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.

 

Esta postura se presentó al resolver la Sala un recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida por la entonces Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, mediante la cual sancionó a un Fiscal Delegado ante los Jueces Penales del Circuito de Bogotá. La actuación disciplinaria se originó en el informe que remitió un Juez Penal del Circuito de Bogotá, al advertir que el fiscal no asistió a las sesiones de audiencia de formulación de acusación programadas sin excusarse ni presentar justificación por su inasistencia, entorpeciendo con ello el normal desarrollo del proceso penal.

 

El alto tribunal encontró que del material probatorio e incluso las propias manifestaciones del investigado en sus escritos defensivos permiten a esta Comisión confirmar la decisión de primera instancia en cuanto la responsabilidad disciplinaria del jurista por las inasistencias a las audiencias.

 

Concluyó que los argumentos exculpatorios presentados no tienen vocación de prosperidad, porque la citación a audiencia fue allegada oportunamente y en la agenda del investigado se observa que estaba previamente definida su concurrencia, al punto que así lo reconoció el propio disciplinado. Entonces, las pruebas practicadas y valoradas en las dos instancias del proceso disciplinario no se desvirtúan con la justificación que solo se respalda en el dicho del disciplinado. Por lo expuesto, la Sala confirmó la sentencia que sancionó la disciplinado con suspensión en el ejercicio del cargo (M. P. Magda Victoria Acosta Walteros).

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