Instrucciones con firmeza por parte de juez a sus subalternos no constituyen acoso laboral
10 de Mayo de 2023
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó la terminación de la investigación disciplinaria adelantada por acoso laboral en favor de una juez porque no se encontró que la funcionaria ejerciera esta conducta sobre la oficial mayor de su despacho, que entre otras cosas padecía de trastorno depresivo grave, cervicalgia crónica y lumbalgia crónica.
La sicóloga de la quejosa manifestó que ‘’en ese tipo de pacientes se podrían sobredimensionar las directrices dadas por sus superiores, así como presentar dificultades en su patrón de memoria, sueño o alimentación’’. Los testimonios de los demás funcionarios del despacho eran congruentes entre sí al señalar que la calidad del trabajo de la denunciante no era el mejor, aunado a sus recurrentes solicitudes de permisos, los cuales nunca fueron negados, y a sus constantes negativas de efectuar las tareas de oficial mayor, tales como transcribir, acompañar las diligencias, realizar las actas, “quemar CD”, organizar el archivo, tramitar incidentes de desacato y enviar los procesos a ejecución.
También se encontró que los llamados de atención e instrucciones dadas por la investigada a sus subalternos eran siempre respetuosos, pero con la firmeza que el cargo exigía. Al respecto, se precisa que para establecer la existencia de conductas constitutivas de acoso laboral debe analizarse si la persona presuntamente afectada ha sido víctima de comportamientos hostiles traducidos en alguna forma de maltrato físico o verbal de parte de sus superiores o compañeros, caracterizados por ser sistemáticos, deliberados, complejos y/o continuos, además deben perpetrarse por un periodo prolongado y ejecutarse con la intención de generar sentimientos como el miedo, intimidación o angustia, provocando perjuicios en el entorno laboral, tales como desmotivación o inducir la renuncia (M. P.: Carlos Arturo Ramírez Vásquez).
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