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Gobierno expide decretos que dan cumplimiento a acuerdos firmados con Fecode

22 de Diciembre de 2021

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Nota:
137072

El Ministerio de Educación expidió un decreto que reglamenta los cursos de formación para los educadores que presentaron la evaluación con carácter diagnóstico formativa (ECDF) 2018 - 2020 y que no la hayan aprobado, con apego a los términos señalados en el acuerdo colectivo alcanzado con Fecode.

 

Estos cursos de formación dan cumplimiento a la misión formativa que se desprende de los resultados de evaluación y, además de incentivar a los docentes y directivos que estuvieron cerca de aprobarla a capacitarse, contribuye al mejoramiento de su práctica diaria y, por ende, al aprendizaje de los niños, jóvenes y adolescentes.

 

Por otra parte, la entidad modificó el Decreto 1381 de 1997, con el fin de garantizar la proporcionalidad de la prima de vacaciones como un reconocimiento a la labor docente.

 

Los docentes y directivos docentes tendrán derecho al reconocimiento y pago de la prima de vacaciones de manera proporcional al tiempo efectivamente laborado en el calendario académico correspondiente, cuando se ingrese con posterioridad al inicio del calendario académico, se retire del servicio activo sin cumplir el requisito de tiempo establecido en la norma o cuando se encuentre en una de las situaciones administrativas legalmente establecidas que puedan afectar el reconocimiento de la mencionada prima.

 

Se tiene derecho a la prima de vacaciones una vez finalizado el año académico correspondiente. Su pago se hará efectivo dentro de los cinco días antes de iniciar el disfrute de las vacaciones.

 

Por último, en cumplimiento del punto 20.3 del acuerdo colectivo 2021 suscrito con Fecode, el Gobierno aumentó el porcentaje de la bonificación pedagógica a un valor equivalente al 19 % de la asignación básica mensual del cargo que vienen desempeñando los docentes y directivos docentes.

 

“A partir del año 2021, los docentes y directivos docentes percibirán por concepto de Bonificación Pedagógica 4 puntos porcentuales adicionales al porcentaje indicado en el numeral 3 del presente artículo”, puntualiza la nueva norma.

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