Esta es la reglamentación de la licencia digital de los tripulantes del sistema de transporte férreo
24 de Enero de 2022
Para tripular u operar un equipo férreo se requiere obtener la licencia de tripulante, la cual será expedida por la Subdirección de Tránsito del Ministerio de Transporte.
Las licencias estarán compuestas por las siguientes categorías:
La licencia podrá ser otorgada para cualquiera de sus categorías a quien cumpla con los requisitos que se relacionan a continuación:
a) Tener cédula de ciudadanía o ser titular de cédula de extranjería en una categoría vinculada a la existencia de contrato para el ejercicio de labores relacionadas con la materia de esta resolución.
b) Presentar certificado de aptitud física, mental y de coordinación motriz.
c) Constancia expedida por el SENA, concesionarios férreos o empresas operadoras de transporte férreo (EOTF), o cooperativas dedicadas a la capacitación teórico-práctica sobre el manejo, conducción y mantenimiento de equipos del sistema férreo, donde conste que aprobó el examen respectivo de la categoría para la que requiere licencia.
Cuando el solicitante sea un ciudadano extranjero podrá convalidar lo establecido en el literal c) del presente artículo con la demostración de mínimo un año de experiencia en la categoría para la que aspira. Si el ciudadano extranjero aporta documento en idioma distinto al español, este deberá ser traducido oficialmente.
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