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Entidades públicas deben admitir el PPT como documento válido para migrantes venezolanos

06 de Junio de 2022

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Por medio de la Directiva Presidencial 5, del 31 de mayo, la Presidencia de la República estableció los lineamientos sobre el permiso por protección temporal (PPT) para migrantes venezolanos como documento válido para acceder a la oferta institucional y trámites de Colombia.

 

De acuerdo con la disposición, los migrantes venezolanos que manifiesten su intención de permanecer en Colombia y cumplan los requisitos previstos en el Decreto 216/21 deberán registrarse en el registro único de migrantes venezolanos, para posteriormente solicitar la expedición del PPT.

 

Dicho documento es válido para que sus titulares puedan acceder al sistema de seguridad social en salud y pensión, contraten o suscriban productos y/o servicios con entidades financieras sujetas a la vigilancia y control de la Superintendencia Financiera, convaliden sus títulos profesionales ante el Ministerio de Educación, tramiten tarjetas profesionales y para las demás situaciones donde los ciudadanos requieran identificarse y acreditar su estatus migratorio frente a instituciones del Estado y particulares, sin perjuicio de los demás requisitos que estos trámites requieran.

 

En este sentido, con la finalidad de garantizar que el PPT sea un documento idóneo, las entidades públicas del orden nacional deberán adoptar las medidas necesarias y realizar los ajustes que se requieran para incluir dicho documento en sus sistemas de información, y de esta forma garantizar el acceso efectivo a servicios y procedimientos públicos y privados.

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