Corte declara inexequible la ley que creó el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación
04 de Marzo de 2021
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Nota:
118623
Así lo decidió la Corte Constitucional en la Sala Plena de hoy, al encontrar que la Ley 1951 del 2019, mediante la que se creó el ministerio, no especificaba la estructura orgánica de la entidad, la planta general ni sus funciones. De acuerdo con los demandantes, esta omisión vulneraba el numeral 7 del artículo 150 de la Constitución, debido a que estos elementos faltantes fueron desarrollados por el Gobierno en los artículos 125 y 126 del plan nacional de desarrollo, la Corte usó la figura de la integración normativa para declarar igualmente su inexequibilidad. Según analizó la Corporación, mediante la ley del plan “no es posible adoptar medidas que no correspondan a la función de planeación y que no tengan por finalidad impulsar el cumplimiento del plan para el correspondiente periodo presidencial”. Por lo anterior, las omisiones en la ley demandada debían “tramitarse mediante el procedimiento legislativo previsto en la Constitución, de tal manera que se garantizara el principio democrático, en particular la deliberación y las mayorías propias del debate legislativo ordinario previsto en la Constitución”. El alto tribunal difirió los efectos de la inexequibilidad a dos legislaturas con el objetivo de no paralizar la ejecución y desarrollo de los planes y políticas a cargo de la cartera, por lo que el Congreso tiene plazo hasta el 20 de junio del 2023 para tramitar una nueva ley que no incurra en los defectos de la actual (M. P. Antonio José Lizarazo Ocampo).
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