Corte Constitucional aclara condiciones de demandas de nulidad y restablecimiento del derecho en casos de reestructuración (11:50 a.m.)
07 de Noviembre de 2013
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Nota:
92230
La Corte Constitucional aclaró que, tratándose de desvinculación de funcionarios por supresión del cargo en el curso de la reestructuración de una entidad, basta con que se demande el oficio que comunica la decisión para que sea procedente examinar de fondo la legalidad de la actuación administrativa. Así, el juez contencioso no puede declararse inhibido bajo el argumento de que no se demandaron todos los actos que llevaron a materializar la salida del funcionario de su cargo. Ello, dice el alto tribunal, equivale a desconocer el precedente judicial del Consejo de Estado, que ha indicado que la comunicación de la decisión alrededor de la supresión hace válido y eficaz el acto principal, luego dicho oficio debe ser objeto de control jurisdiccional. Además, en el caso concreto, se desconoce el precedente de la máxima instancia contenciosa que apunta a que los procesos de reestructuración deben atenderse con la mayor especificidad posible por parte del operador jurídico (M. P. Luis Ernesto Vargas).
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