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Ejercito debe obtener consentimiento informado de bachilleres, para incorporarlos como regulares

21 de Enero de 2013

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Nota:
25056

La Dirección de Reclutamiento del Ejército deberá abstenerse de convencer a los soldados bachilleres de que renuncien a ciertas prebendas que les otorga la ley, sin obtener un “consentimiento informado, espontáneo y libre” de lo que significa dejar de acceder a tales beneficios, advirtió la Corte Constitucional.

 

Según la corporación, aunque los propios reclutas manifiesten libremente su deseo de prestar el servicio militar como soldados regulares, si su decisión no es producto de un pleno convencimiento de lo que esto significa, se produce una violación del derecho al debido proceso.

 

La Corte recordó que la prestación del servicio militar es exigible a todos los nacionales, con algunas excepciones acordes con postulados constitucionales, respecto de los derechos fundamentales y las libertades de los llamados a filas.

 

Además, advirtió que no es suficiente que el Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea y la Policía Nacional, al momento de lograr el consentimiento informado, brinden datos de manera mecánica, procedimental o simplemente hagan llenar un formato, sino que deben evaluar el grado de percepción y comprensión del aspirante que recibe la información.

 

Finalmente, reiteró que la normativa sobre reclutamiento y movilización no prevé que el hecho de que la inscripción o definición de la situación militar no se realice a tiempo suponga el enlistamiento en un contingente distinto al de soldados bachilleres.

 

(Corte Constitucional, Sentencia T-976, nov. 22/12, M. P. Alexei Julio)

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