22 de Agosto de 2024 /
Actualizado hace 4 horas | ISSN: 2805-6396

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Regularían expedición de licencias de fabricación de derivados de cannabis

24 de Mayo de 2024

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Nota:
187996

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) regularía el trámite de expedición de la autorización, renovación, modificación, suspensión y cancelación de la licencia de fabricación de derivados de cannabis sicoactivo y no sicoactivo que permitan la importación, exportación, producción, fabricación, adquisición a cualquier título, almacenamiento, transporte, comercialización, distribución y uso de derivados de cannabis, así como de los productos que los contengan para uso medicinal, científico y para fines industriales.

Según el documento, el titular de esta licencia estaría sujeto al cumplimiento de los requisitos definidos en el Decreto 811 del 2021 y la Resolución 227 del 2022 o aquella norma que la modifique o sustituya. (Lea: Este es el decreto que deroga multas del Código de Policía por tenencia de drogas)

El interesado en solicitar estas licencias deberá iniciar el proceso ingresando a la plataforma del mecanismo de información para el control del cannabis y único de control (MICC), diligenciando los datos de la solicitud del licenciatario y de la licencia de acuerdo a las modalidades establecidas en los artículos 2.8.11.2.1.3 y 2.8.11.2.1.4 del Decreto 811 del 2021.

Además, deberá acreditar el pago de la tarifa respectiva de conformidad al manual tarifario del Invima vigente y adjuntar los requisitos generales descritos en el artículo 2.8.11.2.2.1 y los requisitos específicos establecidos en los artículos 2.8.11.2.2.2 y el 2.8.11.2.2.5 del Decreto 811 del 2021.

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