General
Exequibilidad de reforma a regalías debió condicionarse a consulta previa de su reglamentación
20 de Septiembre de 2012
El magistrado Luis Ernesto Vargas presentó recientemente su aclaración de voto a la sentencia que declaró la exequibilidad del Acto Legislativo 05 del 2011, que modificó el Sistema General de Regalías (Sentencia C-317 del 2012).
Para Vargas, la exequibilidad del acto legislativo debió condicionarse a que la regulación de las regalías se consultara obligatoriamente con las comunidades étnicas, como se había propuesto en el proyecto original de la magistrada ponente.
De esta forma, aclaró que la decisión final de la Corte concuerda con una exequibilidad y no con una exequibilidad condicionada.
Inconsistencias en el fallo
Cabe recordar que mientras el comunicado de prensa informó que la reforma había sido declarada exequible, la parte motiva del texto oficial anunció que se declararía la exequibilidad condicionada (ver Comunicados de la Corte Constitucional: ¿garantía del derecho a la información o causa de inseguridad jurídica?).
Adicionalmente, la condición consistía en el cumplimiento de unos requisitos que no aparecieron en la sentencia.
Sin embargo, esta aclaración de voto sí los precisa. En opinión de Vargas, la ley que desarrolle el tema debe incorporar, de manera transversal, un enfoque diferencial étnico y ser objeto de consulta previa con los pueblos indígenas y las comunidades afrodescendientes.
Vale la pena señalar que aunque el comunicado de prensa afirmó que esta aclaración versaría sobre la vigencia de algunas normas que protegen los derechos de estas comunidades, el magistrado se refirió a la declaratoria de exequibilidad condicionada, con la que estuvo de acuerdo.
(Corte Constitucional, aclaración de voto, Sentencia C-317, mayo 3/12, M. P. María Victoria Calle)
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