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Actualizado hace 14 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Inaplicar norma que regula competencia temporal de defensores de familia puede vulnerar el debido proceso (12:12 p.m.)

09 de Agosto de 2019

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Nota:
121171
La Corte Constitucional reprochó a una defensora de familia haber inaplicado la norma que regula la competencia temporal otorgada por el legislador a esos funcionarios dentro de los procesos administrativos de restablecimiento de derechos, con el objeto de, según la accionada, establecer si la progenitora u otro miembro de la familia se encontraban en condiciones de garantizar los derechos de la menor en el medio familiar. Según la Corte, la decisión de la defensora vulneró el derecho al debido proceso de la madre y su hija, así como la garantía de los principios de celeridad y eficiencia que deben regir el proceso para procurar la oportunidad de las decisiones respecto del menor de edad. En efecto, la corporación explicó que la alegada excepción de inconstitucionalidad, en el caso analizado, no tenía la entidad suficiente para suspender los términos y, por tanto, declaró la falta de competencia de la funcionaria y la remisión a reparto para el conocimiento de un juez de familia (M. P. Antonio José Lizarazo).

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