Modifican requisitos de agentes de vigilancia especial y de intervención en Supersubsidio
29 de Diciembre de 2022
La Superintendencia del Subsidio Familiar modificó los requisitos establecidos en la Resolución 629 del 2018 para agentes de vigilancia especial y agentes especiales de intervención de la siguiente manera:
Agentes de vigilancia especial. La designación puede recaer en un funcionario de la Superintendencia del Subsidio Familiar que no esté incurso en causales de inhabilidad e incompatibilidad, de acuerdo con la normativa vigente y en especial el Decreto Ley 2463 de 1981.
Agente especial de intervención. Cuando la designación recaiga en un tercero que no sea funcionario de la Superintendencia del Subsidio Familiar, la Superintendencia Delegada para la Responsabilidad Administrativa y Medidas Especiales revisará causales de inhabilidad e incompatibilidad contenidas en el Decreto Lley 2463 de 1981.
Para los agentes que sean funcionarios de la Supersubsidio, la Delegada para la Responsabilidad Administrativa revisará y conceptuará que el funcionario no se encuentre incurso en causales de inhabilidad e incompatibilidad de que trata el Decreto Ley 2463 de 1981.
Para la designación del agente especial de intervención se tiene que en el evento de designar un funcionario de la superintendencia deberá ser del nivel directivo o asesor, tal como lo establece la ley.
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