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Actualizado hace 14 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Coronavirus (covid-19)Consejo de Estado anula suspensión de términos para pago de sentencias y conciliaciones

14 de Abril de 2021

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Nota:
120580
A la luz del artículo 189 del Código de Procedimiento Administrativo y Contencioso Administrativo (CPACA), respecto de los efectos erga omnes y de cosa juzgada relativa, la Sala Plena del Consejo de Estado declaró la nulidad de la suspensión de términos para el pago de sentencias y conciliaciones, establecido en el artículo 1º de la Resolución 394 del 2020. Esta norma suspendió los términos de algunas actuaciones administrativas a cargo del Ministerio del Interior, como medida transitoria por motivos de salubridad pública. También indicó que esta nulidad tendrá efectos hacia el futuro y, por ende, no afecta las situaciones jurídicas consolidadas bajo la vigencia de la norma que se anula parcialmente. Igualmente, declaró la legalidad condicionada del parágrafo 4 del artículo 1º de la Resolución 394 y del parágrafo 3 del artículo 1º de la Resolución 529 del 2020, en el siguiente aspecto: es legal la notificación o comunicación de actos administrativos por medios virtuales, bajo el entendido de que, ante la imposibilidad manifiesta de una persona de suministrar una dirección de correo electrónico, podrá indicar un medio alternativo para facilitar la notificación o comunicación de los actos administrativos, entre otros aspectos (C. P. Julio Roberto Piza Rodríguez).

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