06 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 10 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Administrativo


Ante renuncia al Inpec sin pronunciamiento de la Administración luego de 30 días, funcionario puede separarse del cargo

23 de Abril de 2021

Reproducir
Nota:
120440
En el marco del régimen de personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), la Sección Segunda del Consejo de Estado precisó que luego de transcurridos 30 días calendario de presentada la renuncia sin que se haya pronunciado la Administración, el funcionario del Inpec se podrá separar del cargo sin incurrir en abandono del cargo. Además, aclaró que este presupuesto fáctico contempla que el renunciante puede continuar en el desempeño de su cargo, ya que la renuncia no produjo ningún efecto si no fue objeto de pronunciamiento alguno durante el plazo de los 30 días posteriores a su presentación. Cabe precisar que este término, establecido en el artículo 51 del Decreto 407 de 1994, se debe contar desde el día siguiente a la presentación de la renuncia. Sumado a lo anterior, aseguró que durante este tiempo el funcionario no podrá dejar de ejercer sus funciones, so pena de incurrir en abandono del cargo. Conozca todos los detalles del caso concreto en el documento anexo a esta nota (C. P. César Palomino Cortés).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)