12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 27 minutes | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Tributario


CTCP emite orientación técnica sobre criptoactivos y su gestión contable

09 de Junio de 2023

Reproducir
Nota:
163094
Imagen
Criptoactivos-activos-monedavirtual(freepik)

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública publicó la Orientación Técnica 20, sobre criptoactivos y su gestión contable en Colombia, la cual, si bien no tiene carácter vinculantebusca orientar el manejo contable en aspectos generales relacionados con este tipo de operaciones comerciales, para su reconocimiento, medición, revelación y presentación. 

Así mismo, aclaró la entidad, no compromete las decisiones gubernamentales o regulatorias que puedan darse dentro de las directrices del Gobierno Nacional y, especialmente, del Banco de la República, además de que excluye de su alcance a las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera. 

El documento contiene información sobre el reconocimiento de este tipo activos, su manejo y los asuntos derivados de auditoría relacionada con estas transacciones, así como una batería de preguntas frecuentes relacionadas con la temática, tales como si son los activos virtuales realmente un activo, si pueden clasificarse en alguna de las categorías de activos existentes, qué norma NIIF se aplica a la tenencia de criptomonedas y si los criptoactivos son efectivo y equivalente de efectivo. 

Se aclara que, en la adopción de normas contables internacionales, iniciada con la promulgación de la Ley 1314 del 2009 y consolidada con el Decreto Único Reglamentario 2420 del 2015, aún no se trataban este tipo de transacciones, por ser previas a la agenda de junio del 2019 del IASB, en donde se confirma que las criptomonedas o moneda digital no son reconocidas como moneda de curso legal, sino como inventarios o activos intangibles

El estatus legal de los activos virtuales en el derecho privado colombiano está claro y, en ese sentido, está definido que sí se puede atribuir algún derecho de propiedad legal a los activos virtuales, de manera que, en concepto del CTCP, los activos virtuales pueden tratarse como activos para efectos contables, ya que pueden contribuir a las entradas de efectivo de la entidad mediante su venta o conversión en efectivo.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)