05 de Enero de 2025 /
Actualizado hace 1 day | ISSN: 2805-6396

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Mintransporte definió base gravable para el impuesto vehicular del 2025

04 de Diciembre de 2024

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Hoy inician los pagos escalonados del impuesto de vehículos en Bogotá, según el último dígito de la placa (Freepik)

El Ministerio de Transporte estableció la base gravable para el cálculo del impuesto vehicular correspondiente a la vigencia fiscal 2025. Este nuevo procedimiento tiene como objetivo definir de manera precisa el valor tributario de los vehículos automotores, tomando en cuenta diversos factores, como la marca, línea, cilindraje del motor, capacidad de carga, capacidad de pasajeros y año del modelo. La normativa también establece que si la licencia de tránsito no incluye toda esta información será necesario obtener una certificación adicional emitida por el organismo de tránsito correspondiente.

Una de las novedades más destacadas de esta resolución es que si el propietario de un vehículo considera que el valor comercial de su automóvil es superior al estimado por las tablas anexas podrá realizar una autoliquidación voluntaria. En este caso, el propietario deberá asumir la responsabilidad tributaria del monto adicional estimado, ajustándose al valor comercial real del vehículo. Esta opción busca dar mayor flexibilidad a los propietarios y garantizar que el cálculo del impuesto vehicular sea más preciso. (Lea: Sujeto pasivo del impuesto sobre vehículos es el propietario o poseedor para el momento en el que se causó)

Asimismo, el Ministerio de Transporte tiene la responsabilidad de definir las bases gravables para los vehículos nuevos, usados y aquellos que se internan temporalmente en el país. Para calcular el valor tributario, se deberá considerar la información contenida en el contrato de compraventa o en otros documentos oficiales que certifiquen el valor del vehículo, en caso de ser necesario para la liquidación de la retefuente o cualquier otro impuesto relacionado con los automotores.

En situaciones en las que el cilindraje específico de un vehículo no esté definido en la licencia de tránsito, la resolución establece que el propietario podrá seleccionar el cilindraje más cercano de la misma línea del vehículo. Este valor se determinará mediante un procedimiento de aproximación: si el cilindraje termina en una cifra menor a 50, se aproximará a la centena inferior, y si es mayor o igual a 50 se aproximará a la centena superior.

Además, para los vehículos usados que, debido a la base gravable establecida para 2025, cambien de rango y vean un incremento en el porcentaje tarifario, la resolución estipula que estos pagarán el impuesto correspondiente con el porcentaje tarifario utilizado en el año fiscal 2024. Esto significa que aunque la base gravable haya cambiado, los propietarios no tendrán que asumir un aumento en la tarifa si ya se encontraba en el rango de tarifas más bajo en el periodo anterior.

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