Medidas tributarias por conmoción interior en El Catatumbo continúan vigentes
A pesar que el Decreto 467 levantó el estado de conmoción interior, prorrogó varias disposiciones adoptadas.25 de Abril de 2025
Las medidas tributarias adoptadas en el Decreto 175/25, amparadas por el estado de conmoción interior en El Catatumbo, mantienen su vigencia hasta el 31 de diciembre del 2025. Así lo indicó la Dian luego de que el Gobierno expidiera el Decreto 467, que levantó el estado de conmoción interior, pero que a la vez prorrogó por 90 días calendario los decretos 106, 107, 108, 117, 118, 120, 121, 134, 137, 180 y 433 del 2025.
La autoridad tributaria dice que el Decreto 175 no requiere prorroga, pues su artículo 10 dispone que las medidas tributarias “serán aplicables una vez culmine el quinto día hábil siguiente a su publicación y hasta el 31 de diciembre del 2025”. (Lea: Gobierno decreta tres nuevos impuestos amparado por la conmoción interior en El Catatumbo)
Recordemos que el decreto tributario define la aplicación del impuesto sobre las ventas (IVA) a los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet, tanto en el territorio nacional como desde el exterior; un impuesto temporal del 1 % sobre la extracción de hidrocarburos y carbón y una tarifa del 1 % para ciertos documentos elevados a escritura pública en transacciones de bienes inmuebles. (Lea: Gobierno levanta estado de conmoción interior en El Catatumbo)
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