04 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 10 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Procede reconocer retenciones en la fuente a partícipes ocultos en contrato de cuentas en participación

02 de Diciembre de 2024

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Declaran nulo límite de 420 UVT mensuales en depuración de la renta cedular de trabajo (Freepik)

El Consejo de Estado declaró la nulidad parcial de varios conceptos y oficios de la Dian que avalaban la exclusividad del socio gestor para declarar las sumas retenidas al partícipe oculto en la declaración del periodo fiscal en que tales retenciones se practicaban, negando el traslado de las mismas a dichos partícipes, junto con su respectiva aplicación e imputación directa, a prorrata de su participación en el contrato de cuentas en participación.

Según el alto tribunal, los apartes acusados infringieron las normas especiales superiores en que debían fundarse, así como los principios de justicia y equidad tributaria frente al tratamiento de retenciones en la fuente en esta clase de contratos y su traslado al socio oculto, pues la inaplicación de la proporcionalidad en las retenciones practicadas por el gestor afecta a los partícipes ocultos, ya que les impide disminuir el impuesto a cargo, sacrificando el derecho que les asiste.

De acuerdo con la reforma introducida por la Ley 1819 del 2016, al socio gestor y al partícipe oculto les corresponde de forma individual declarar los ingresos obtenidos, bienes y pasivos poseídos a 31 de diciembre del periodo respectivo, junto con los costos y gastos en que hubieren incurrido, según su participación. Por lo tanto, las retenciones practicadas representan un activo igualmente repartible al partícipe oculto a prorrata de su participación.

La representación unipersonal del contrato de cuentas en participación en el partícipe gestor, su titularidad sobre el negocio y la consiguiente responsabilidad frente a deberes y obligaciones provenientes de las relaciones externas por cuenta de la gestión contractual realizada no se puede trasladar al plano fiscal para sesgar el derecho del partícipe oculto a descontar la retención y demás erogaciones que le corresponden (C. P. Stella Jeannette Carvajal Basto).

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