12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 9 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


La existencia de centros de costos en un ‘software’ contable no implica varias contabilidades o una contabilidad separada

08 de Mayo de 2023

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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública señaló la importancia de distinguir entre la información financiera y la contabilidad, teniendo en cuenta que esta última es fuente de la primera y para propósitos de su correcta presentación se deben aplicar los marcos técnicos correspondientes.

Aunque existen diferentes técnicas y procedimientos para llevar a cabo la contabilidad, ello no implica una separación de los activos, pasivos y patrimonio de un mismo ente económico. La entidad ha sostenido en su doctrina que la contabilidad debe ser una sola para un mismo ente económico.

Así las cosas, el término "contabilidad separada" es un concepto técnico que se refiere al registro separado de elementos contables con el fin de controlar e informar sobre los estados financieros. Sin embargo, no está definido en los marcos técnicos normativos.

De otra parte, la existencia de centros de costos en un software contable no implica llevar varias contabilidades o una contabilidad separada. Dichos centros de costos se consideran como subsistemas dentro de la misma contabilidad y se utilizan para identificar áreas específicas de la entidad y generar un estado de resultados desglosado.

El término “contabilidad separada” es usado por algunas entidades para referirse a estados financieros de propósito especial, es decir, información financiera por segmentos usados con el propósito de que la administración e inversionistas puedan determinar la rentabilidad de cada uno de ellos y les permita una mejor toma de decisiones.

También puede usarse por mandamiento legal en relación con la exigencia de presentar y revelar información por segmentos, que bajo la observancia de las directrices establecidas en los marcos técnicos normativos realicen a potestad los organismos de inspección, vigilancia y control, quienes podrán fijar guías específicas para sus vigiladas, en los términos de la Ley 1314 del 2009. 

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