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Actualizado hace 9 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Contadores que prestan servicios de auditoría deben contar con un sistema de control de calidad

29 de Octubre de 2020

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Nota:
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Es deber de los contadores públicos cumplir las normas profesionales y los requerimientos legales y reglamentarios, teniendo en cuenta la presunción de legalidad que existe cuando se dictamina o certifica sobre actividades relacionadas con la ciencia contable, de manera que tener un sistema de calidad permite mejorar su práctica, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. En el caso de un contador público independiente que presta servicios relacionados con la ciencia contable, revisoría fiscal, auditoría o revisión de información histórica, así como trabajos de aseguramiento y de servicios relacionados, existe la responsabilidad de establecer y mantener un sistema de control de calidad que proporcione seguridad razonable de que cumple las normas profesionales y los requerimientos legales y reglamentarios. En el caso de un contador que presta servicios en una copropiedad, sus políticas y procedimientos dependerán de los servicios prestados y no tendrán la complejidad que podría tener prestar servicios de auditoría o revisoría fiscal en una entidad con transacciones más complejas o de interés público. Por ello, el sistema deberá estructurarse con fundamento en los servicios que son prestados, sin incluir asuntos que no serían aplicables. No tener un sistema de control de calidad impide una gestión adecuada de la práctica profesional, precisó la entidad. Contar con un sistema de control de calidad es un deber previsto en la Norma Internacional de Control de Calidad NICC 1, cuya aplicación es de obligatorio cumplimiento.

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