12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 22 minutes | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Penal


¿Quién concede permiso para el ingreso de menores a centros penitenciarios y carcelarios?

29 de Noviembre de 2022

Reproducir
Nota:
154028
Imagen
carcel-ninos-prisionreu-1509242242.jpg

En una acción de tutela, una persona privada de la libertad afirmó haber solicitado a un juez de ejecución de penas y medidas de seguridad que le concediera permiso para el ingreso de sus hijas menores al centro de reclusión donde se encuentra privado de la libertad, sin que hasta el momento tal petición hubiera sido resuelta de fondo.

Competencia para conceder permisos a menores

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia precisó, de acuerdo con la jurisprudencia constitucional (C-026 del 2016), que en los casos en que la privación de la libertad obedezca a delitos cuya víctima haya sido un menor de edad la visita de niños, niñas y adolescentes debe ser autorizada por el juez de ejecución de penas y medidas de seguridad, previa valoración:

  1. De la gravedad y modalidad de la conducta delictiva.
  2. De las condiciones personales del recluso.
  3. Del comportamiento observado durante su permanencia en el establecimiento carcelario.
  4. De la existencia de condenas vigentes por delitos de la misma naturaleza.
  5. De la condición de víctima del menor o de los menores sobre los cuales se pretenda extender la solicitud de visita.

El alto tribunal concluyó que la competencia para pronunciarse sobre la concesión de permisos para el ingreso de menores de edad a los centros penitenciarios recae en los jueces de ejecución de penas cuando la persona privada de la libertad que recibirá su visita esté purgando sanción relacionada con algún delito donde la víctima hubiera sido un menor de edad, correspondiéndole en los demás eventos al respectivo director del centro carcelario.

El debido proceso en el caso concreto

Para el caso bajo estudio, se modificó el fallo impugnado y amparó el debido proceso ordenando al juez de ejecución de penas y medidas de seguridad dar respuesta de fondo a la petición del accionante sobre la autorización de ingreso de sus hijas menores de acuerdo con los lineamientos dados por la Corte Constitucional en la Sentencia C-026 del 2016 (M. P. Gerson Chaverra Castro).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)