Precisan cuáles son las facultades del abogado de apoyo
04 de Agosto de 2022
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia inadmitió una demanda de casación por incumplir los requisitos formales necesarios para un pronunciamiento de fondo.
En el caso bajo estudio, la Sala analizó la figura del defensor de apoyo, su concepto y finalidad, para concluir que no se encuentra legitimado para presentar el recurso de casación, en tanto no puede actuar de manera simultánea con el abogado principal, por ser diferente al defensor suplente o sustituto.
En cuanto a la legitimación, debe indicarse que los requerimientos propios del recurso extraordinario son una carga que debe asumir un profesional del Derecho especialmente reconocido, bien porque se le otorgara poder por parte del procesado o porque lo recibió por sustitución del abogado legalmente reconocido en el proceso para actuar de manera independiente.
El alto tribunal explicó que la figura que crea los fiscales o defensores de apoyo tiene por finalidad “la conformación de equipos orientados a fortalecer la participación de la parte; estando todos interesados en el éxito de su posición procesal”. Sin embargo, la misma ley restringió de manera absolutamente diáfana la actuación de tales sujetos como una ayuda tanto para la investigación como para la intervención en las audiencias preliminares de juicio.
¿Cuál es la intervención de los abogados de apoyo?
Se concluye que los fiscales o defensores de apoyo no podrán actuar fuera de las audiencias consagradas en el sistema penal acusatorio. Y tal conclusión se basa en que la figura es creada para entrar al dinamismo propio del proceso penal que se reguló en la Ley 906 del 2004, donde las partes pueden fortalecer sus posiciones con la ayuda de un equipo que trabajará como tal para sacar avante su teoría del caso (M. P. Hugo Quintero Bernate).
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