JEP contará con un inventario de sentencias condenatorias
24 de Agosto de 2021
A través de un reciente acuerdo, la JEP dispone los inventarios de sentencias condenatorias y de decisiones que han negado o declarado improcedente algún tratamiento especial no sancionador, como una de las acciones para la activación de la ruta de sustitución de la sanción penal.
También ordena complementar el inventario de beneficios con el de sentencias condenatorias contra quienes comparecen ante la jurisdicción que hayan sido proferidas por la justicia penal ordinaria, la justicia penal militar y la justicia especial indígena, y de los asuntos en los que la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, la Sala de Amnistía e Indulto, la Sección de Apelación o la Sección de Revisión del Tribunal de Paz hayan negado o declarado la improcedencia de un tratamiento especial no sancionador, luego de establecer que el asunto cumple los presupuestos competenciales de la JEP (temporal, personal y material).
La secretaría ejecutiva elaborará dicho inventario, el cual deberá contener la información que se recaude de las respectivas jurisdicciones y aquella que se haya originado en la JEP.
Para dicho proceso se incluirán, entre otros, los datos contenidos en las sentencias relativos a la información personal de los condenados, autoridades que profirieron las condenas en primera y segunda instancia, recursos extraordinarios y su identificación; el estado de la privación de la libertad del compareciente (fechas de ingreso y salida, establecimiento de reclusión, entre otros), y se anexarán las diferentes decisiones en su integridad.
Una vez se encuentre elaborado el inventario se pondrá a disposición de las Salas de Justicia y de las Secciones de Apelación y Revisión del Tribunal para la Paz de la JEP.
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