Regularían funcionamiento del registro único de decisiones judiciales en materia penal
22 de Septiembre de 2021
El Ministerio de Justicia alista un decreto para reglamentar las materias necesarias para garantizar el funcionamiento del registro único de decisiones judiciales en materia penal y jurisdicciones especiales, así como su proceso de actualización de la información, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 131 de la Ley 1955 del 2019. De este registro se excluyen las sentencias proferidas en procesos de responsabilidad penal para adolescentes.
El mecanismo será una base de datos que contendrá información actualizada sobre los antecedentes penales, requerimientos, anotaciones judiciales, sentencias y demás decisiones judiciales que hagan tránsito a cosa juzgada, de naturaleza jurídico penal.
Según el ministerio, es necesaria la regulación del registro único de manera que se garantice el habeas data de los ciudadanos y se establezca la responsabilidad de las diferentes entidades que interactúan con el registro.
Entonces, con esta norma se precisarían aspectos como:
La obligación, en cabeza de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional, de administrar el Registro único de decisiones judiciales en materia penal y jurisdicciones especiales.
La manera en que el administrador garantizará el acceso, consulta y actualización del registro por parte de las autoridades judiciales.
La manera en que (i) debe registrarse la información, por lo cual, por ejemplo, podrá disponer de un formato único que deberán diligenciar las autoridades judiciales; (ii) los parámetros que debe contener esta; (iii) su actualización, ya sea manual o automática, y (iv) el modo en que serán emitidos los reportes y certificados y responsabilidad por emisión de estos.
La Policía Nacional realizará la verificación periódica de la información consignada en el registro para la desactivación y circulación restringida de los registros incompletos, inconsistentes o con datos evidentemente erróneos.
El ministerio recibirá observaciones por parte de la ciudadanía y de los grupos de interés durante 15 días calendario, desde el 21 de septiembre y hasta el 06 de octubre del mismo año, a través de su sitio web en la sección normativa.
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