Superfinanciera modifica instrucciones sobre procedimientos de conocimiento del cliente
02 de Septiembre de 2021
Con el fin de reconocer la naturaleza, características y perfil de riesgo en determinados productos ofrecidos por las entidades vigiladas, fomentar la inclusión financiera y actualizar algunas disposiciones relacionadas con los procedimientos de conocimiento del cliente, la Superintendencia Financiera impartió una serie de instrucciones.
Así, la entidad exceptúa a las entidades vigiladas de verificar la identidad de los beneficiarios finales y accionistas o asociados de los potenciales clientes cuando estén listados en bolsas de valores internacionales, que tengan requisitos de revelación de información equivalentes a los inscritos en el RNVE.
Igualmente, definió las reglas relacionadas con el procedimiento simplificado de conocimiento del cliente para personas jurídicas y fijó las pautas especiales dentro del procedimiento simplificado de conocimiento del cliente para los seguros obligatorios.
De igual manera, señaló que la verificación de la identidad de los afiliados a los fondos de cesantías se puede realizar al momento del retiro de los recursos.
Finalmente, actualizó la referencia normativa del subnumeral 1.4.1 del Capítulo I del Título III de la Parte I de la Circular Básica Jurídica “Acceso e información al consumidor financiero”, según las modificaciones introducidas por la Circular Externa 027 del 2020.
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