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Declaran constitucional el Acuerdo de Escazú y exequible su ley aprobatoria

El país fortalecerá el acceso a la información, la participación ciudadana y la justicia en asuntos ambientales.
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EN VIVO: Audiencia pública sobre constitucionalidad del Acuerdo de Escazú (Freepik)

29 de Agosto de 2024

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La Corte Constitucional declaró constitucional el Acuerdo regional sobre el acceso a la información, participación pública y acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe, adoptado en Escazú, República de Costa Rica, el 4 de marzo del 2018 y, así mismo, exequible la Ley 2273 del 2022, aprobatoria de dicho acuerdo.

El alto tribunal verificó el cumplimiento de los requisitos formales de validez de una ley que aprueba un tratado internacional y concluyó que tanto la fase previa gubernamental como el proceso legislativo de aprobación del acuerdo bajo análisis satisfacen los requisitos previstos en la Constitución y la ley para el efecto. (Lea: Audiencia pública sobre constitucionalidad del Acuerdo de Escazú)

En el trámite legislativo que surtió la ley aprobatoria del acuerdo no era necesario agotar la consulta previa, pues no abarca una reglamentación específica de aspectos que afecten de forma directa a las comunidades étnicamente diferenciadas. La regulación se enfoca en lograr la implementación plena y efectiva de los derechos de acceso en asuntos ambientales. (Lea: Firma del Acuerdo de Escazú se ajusta a la Constitución: Procuraduría)

Adicionalmente, busca refrendar el compromiso por establecer un entorno seguro para las personas defensoras del medio ambiente, propósitos que importan a toda la ciudadanía colombiana. Así mismo, la Corporación aclaró que la ley objeto de estudio no estaba sujeta a la reserva de ley estatutaria (M. P. Jorge Enrique Ibáñez Najar).

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