Recuerdan aplicación de la normativa comunitaria sobre propiedad intelectual (2:43 p.m.)
30 de Diciembre de 2013
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Nota:
93588
Cuando una norma sustancial vigente para la fecha de la solicitud de patente de invención ha sido derogada y remplazada por otra en el curso del procedimiento correspondiente, aquella será la aplicable para determinar el cumplimiento o no de los requisitos para el otorgamiento de la patente. Así lo recordó el Consejo de Estado, retomando lo señalado por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina en la interpretación prejudicial 115-IP-2011 del 18 de abril del 2012. En dicho pronunciamiento, referente a la posibilidad del cambio de modalidad de propiedad industrial de patente de invención a diseño industrial, el tribunal regional señaló que en la normativa comunitaria no hay una disposición que establezca un plazo para decidir sobre el registro de este último. De conformidad con los principios básicos de celeridad, transparencia, y de resolución eficaz de las peticiones, la decisión del registro de un diseño industrial no puede extenderse en el tiempo de manera arbitraria o casi indefinida, ni mucho menos afectando los derechos de los solicitantes y en contra del espíritu de la propia normativa común sobre defensa de la propiedad industrial. (C.P. Guillermo Vargas Ayala).
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