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Actualizado hace 7 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


La administración debe garantizar el debido proceso al declarar el siniestro de una póliza (4:17 p.m.)

14 de Abril de 2011

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Nota:
72785
El Consejo de Estado señaló que cuando ocurre el siniestro previsto en un contrato de seguro, que a su vez ampara uno estatal, la administración puede declararlo mediante un acto administrativo debidamente motivado, que podrán impugnar el contratista de la obra y la compañía de seguros dentro de los dos años siguientes. El consejo advirtió que el debido proceso rige en todos los procedimientos administrativos, sin importar que sean sancionatorios o no. Por ello, concluyó que el debido proceso también aplica en la actuación que adelanta la administración para declarar el siniestro de una póliza. En el caso concreto, la Sección Tercera declaró la nulidad de unas resoluciones en las que Industria Militar declaró la realización de un riesgo y ordenó hacer efectiva una garantía en un contrato de suministro de granadas, por las fallas que algunas de estas presentaron. El alto tribunal precisó que la aseguradora solo puede alegar la violación de una garantía de debido proceso propia y no del contratista (C.P. Enrique Gil Botero).

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