02 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Esto informa Supersolidaria a las organizaciones sin registro único empresarial y social

19 de Marzo de 2021

120906
Según lo dispuesto en los numerales 2, 6, 7 y 22 del artículo 36 de la ley 454 de 1998, y en especial en cumplimiento de lo señalado en el artículo 146 y 166 del Decreto Ley 019 del 2012, las organizaciones deben registrar e inscribir sus actos en la cámara de comercio del domicilio principal y mantener actualizado el Registro Único Empresarial y Social (RUES), que se incorporarán e integrarán a las operaciones del Registro de la Economía Solidaria, de que trata la Ley 454 de 1998. Por tal razón, todas las entidades de la economía solidaria deben estar inscritas en el RUES y periódicamente realizar la renovación de su inscripción. De acuerdo con lo anterior, la Supersolidaria informa que las entidades listadas en el documento denominado organizaciones solidarias sin RUES se inhabilitan de la base de datos de la entidad, en cuanto no se encuentran en el registro ni han cumplido con el reporte periódico que deben realizar. Así, la superintendencia invita a los representantes, asociados o revisores fiscales de las entidades señaladas en el documento a ponerse en contacto con su despacho para conocer las razones por las cuales la organización no ha actualizado la información. 

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