Condiciones para que las Mipymes se asocien a una cooperativa financiera
18 de Mayo de 2023
El Ministerio de Hacienda, mediante el Decreto 626, modificó las condiciones para que micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) se puedan asociar a una cooperativa financiera. Estos son los requerimientos para dicho trámite:
i) Las Mipymes que soliciten asociarse a una cooperativa deberán acreditar su tamaño empresarial acogiendo los requisitos, criterios, rangos y definiciones establecidos en el Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 del 2015 y/o en las disposiciones que lo modifiquen, sustituyan o adicionen.
ii) Las cooperativas deberán preservar en todo momento su propósito de servicio. Esta condición se cumple cuando las Mipymes son acordes con el objeto social de la cooperativa y con el vínculo de la asociación que se estableció en sus estatutos. Además, en ningún momento las Mipymes deben desvirtúa la vocación de servicio social o comunitario de la cooperativa.
iii) Las cooperativas deberán preservar su carácter no lucrativo atendiendo lo previsto en el artículo 4 de la Ley 79 de 1988.
iv) Las cooperativas deberán prever los efectos de la asociación de Mipymes en sus sistemas de gestión y administración de riesgos.
Por último, se deberá informar a las Mipymes que aspiren a asociarse sobre la prohibición de extenderle los beneficios y prerrogativas otorgados a las cooperativas por ley.
Para ampliar esta información lo invitamos a descargar el archivo adjunto.
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