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Por falta de legitimación, revocan tutela que suspendió la intervención de Saludcoop

18 de Noviembre de 2011

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Nota:
27718

El Tribunal Superior de Bogotá revocó el fallo de tutela que suspendió la intervención que hizo la Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) a Saludcoop EPS. Según la Sala Civil, el juez de primera instancia desconoció la jurisprudencia sobre la legitimación de los autores de una acción de tutela.

 

El amparo había sido solicitado por trabajadores afiliados a esa EPS, al que se sumaron más de 25.000 firmas de coadyuvantes. Sin embargo, el tribunal explicó que Saludcoop es una persona jurídica diferente de los cooperados individualmente considerados, de los usuarios y de sus trabajadores, por lo que los derechos son ajenos a estos y, por tanto, no están legitimados para solicitar su protección.

 

Tampoco se les puede conceder legitimación extraordinaria, porque la EPS “continúa ejerciendo su objeto social y no se acreditó que los peticionarios resultaron constitucionalmente agraviados por causa directa de la intervención”, señaló la corporación.

 

Del mismo modo, el tribunal explicó que no se cumplió el requisito de subsidiariedad, pues existe otro medio de defensa judicial. Además, señaló que no se presentó un perjuicio irremediable, razón por la cual no era posible utilizar la tutela como un mecanismo expedito para proteger los derechos supuestamente vulnerados.

 

(Tribunal Superior de Bogotá, Sala Civil. Sent. T-11001310303720110055301, nov. 17/11 M.P. Manuel Alfonso Zamudio)

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