Laboral
Vinculación de trabajadores oficiales no requiere adoptar manual de funciones
16 de Diciembre de 2016
Teniendo en cuenta que los trabajadores oficiales se rigen por lo previsto en el respectivo contrato de trabajo, convención colectiva y reglamento interno de trabajo, la entidad correspondiente debe acudir a lo regulado en estos, por lo que para esta clase de vinculaciones no es necesario adoptar un manual de funciones y, en este sentido, no es dable el uso de equivalencias entre experiencia y estudio para ocupar cargos públicos bajo la modalidad mencionada, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública.
Los empleados públicos, por su parte, se rigen por una relación legal y reglamentaria, es decir, prevista por ley o reglamentos válidos que no pueden ser modificados sino por normas de la misma jerarquía de aquellas que los crearon, a diferencia del tipo de vinculación contractual, donde existe la posibilidad de la previa deliberación sobre las condiciones y de las prestaciones correspondientes por decisión unilateral del patrono o por convenciones colectivas de trabajo.
Departamento Administrativo de la Función Pública, Concepto 220561, 10/13/16
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