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Actualizado hace 1 day | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Destinación de las propinas, a sanción presidencial (7:00 a.m.)

28 de Diciembre de 2017

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Nota:
58955
El Senado a la República aprobó el proyecto de ley que reglamenta la naturaleza y destinación de las propinas que ahora pasa a sanción presidencial. La iniciativa se debe aplicar a todos los establecimientos de comercio dedicados a la prestación de servicio de consumo de alimentos, bebidas y/o espectáculos públicos, y en cualquier otro en que se sugiera pago de propina o haya lugar a ella cuando el cliente así lo determine. La propina será considerada como el reconocimiento voluntario en dinero que ofrece el consumidor a la persona que haya prestado el servicio y acompañamiento durante el tiempo correspondiente en los establecimientos comerciales como demostración de agradecimiento y satisfacción por el trato recibido e independientemente del valor de venta registrado. Para ello, la Superintendencia de Industria y Comercio (Superindustria) impartiría instrucciones relativas a la forma como se debe informar a los consumidores acerca de los precios y de la voluntariedad de la propina, así como el derecho de no pagarla o de modificar su cuantía. El texto a sancionar aclara que en ningún caso la propina podrá superar el 10 % del valor facturado al momento de realizar el pago correspondiente, cuando esta venga implícita en la factura por concepto del servicio. Las propinas al ser producto de un acto de libertad del usuario, no podrán ser consideradas como factor salarial y beneficiarán única y exclusivamente a las personas que trabajen de forma ocasional o permanente, sin importar su vínculo laboral con el establecimiento de comercio. Conozca el texto completo en el documento adjunto.

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