Así funcionará la política de vivienda de interés social rural
29 de Octubre de 2020
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Nota:
118184
El Gobierno reglamentó los artículos 2.1.10.1.1.1.1; 2.1.10.1.1.4.3; 2.1.10.1.1.4.6 y 2.1.10.1.1.5.1 del Título 10 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077, del 26 de mayo del 2015. De esta manera, se adopta la política pública de vivienda de interés social rural y la metodología de focalización de beneficiarios del subsidio familiar de vivienda rural y sus modalidades: vivienda nueva de interés social rural (hasta 70 smmlv) y mejoramiento de vivienda (hasta 20 smmlv). Además, se reglamenta el otorgamiento del subsidio para la población restituida. Esta se aplicará en todas las zonas definidas como suelo rural en los planes de ordenamiento territorial (POT), plan básico de ordenamiento territorial (PBOT) o esquema de ordenamiento territorial (EOT) del país.
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