“Se deben evaluar los efectos de la propuesta para aumentar la licencia de paternidad”
02 de Agosto de 2023
El Gobierno anunció que volvería a presentar la reforma laboral ante el Congreso de la República. Una de las propuestas allí contenidas busca ampliar la licencia de paternidad para que de dos semanas pase a 12. Según Adriana Camacho Ramírez, directora de la Maestría en Derecho Laboral de la Universidad del Rosario, la Ley 2114 del 2021 trae mecanismos más eficaces para alcanzar los objetivos que plantea el Ejecutivo e impactan menos en los costos que deben asumir los empresarios colombianos.
ÁMBITO JURÍDICO: El Gobierno ha manifestado que volverá a presentar la reforma laboral. ¿Qué es lo que propone el Ejecutivo en relación con la licencia de paternidad?
Adriana Camacho Ramírez: Lo que propone es que esa licencia sea más larga, buscando equidad de género en el mercado de trabajo y cerrar las brechas de cargas de cuidado que, generalmente, recaen sobre las mujeres. Aterrizando eso, quiere decir que la licencia que actualmente tenemos de dos semanas pasaría a ser de 12, de forma progresiva. De tal manera que, apenas se apruebe, pasaría a ser de cinco semanas; el próximo año sería de ocho semanas, y, en el 2025, ya quedaría de 12 semanas. Es decir, en un periodo muy breve se aumentarían 10 semanas.
Á. J.: De superar el trámite legislativo, ¿qué efectos tendrá la reforma en ese aspecto?
A. C. R.: El principal efecto, frente a los padres, es el aumento de esa licencia, pues la propuesta busca, precisamente, lograr esa compartibilidad de responsabilidades en el cuidado del recién nacido, considerando que existen unos derechos superiores, como el derecho a la familia y el del bebé. Lo que se pretende es coadyuvar, de una manera legislativa, a que el padre se haga más responsable de su hijo.
Á. J.: ¿Y sobre las empresas?
A. C. R.: La licencia de maternidad ha hecho que, para el empresario, resulte necesario una contratación adicional para reemplazar al personal que disfruta de esa prestación. Entonces, el aumento del tiempo de la que beneficia al padre conduce a que ese empleador ahora también deba solucionar, como ante la de maternidad, el reemplazo del trabajador. Y eso tiene unos costos. El ausentismo del padre que está en licencia de paternidad, aunque sea justificado, resulta costoso para una compañía, porque si bien es cierto que los empleadores no deben asumir los costos de la prestación, porque eso lo asume la EPS, los lleva a que tengan que sufragar otros, como el proceso de selección, la capacitación de ese nuevo trabajador, la entrega de la dotación (de ser el caso), entre otros.
Entonces, volvemos a lo mismo que ocurre cuando hay este tipo de regulaciones, ya sean de origen legal o jurisprudencial, y es preguntarnos: ¿las empresas pueden responder ante estos derechos que están surgiendo? Ahora, no todas las empresas son iguales, por lo que también caben las preguntas: ¿a todas debe darse el mismo tipo de responsabilidades? y ¿las pequeñas o medianas empresas deben tener el mismo trato que una grande?
La mayoría de las empresas en Colombia son microempresas. Por eso, ¿están en capacidad de asumir ese tipo de costos adicionales a las licencias? Creería que la respuesta es no y, de hecho, a partir de allí surge otra reflexión: ¿por qué este tipo de responsabilidades sociales, encaminadas a mejorar derechos de los trabajadores, recae sobre las empresas necesariamente?, ¿podrá idearse algún otro instrumento que recaiga sobre el Estado o sobre el sistema de salud? Creo que, al menos, podría plantearse una fórmula para que Estado y empresa compartan esos costos, pero, sobre todo, en el entendido de que, en Colombia, las empresas lo que hacen es sobrevivir, sin generar utilidades.
Á. J.: ¿La propuesta, en temas de equidad de género en el mercado laboral y, especialmente, en lo que se refiere a ampliar la licencia de paternidad, debería preservarse en el próximo texto que se radicará ante el Congreso?
A. C. R.: No lo veo necesario. Tenemos una ley muy reciente (L. 2114/21), que amplía, precisamente, la licencia de paternidad y se crean otras licencias importantes y necesarias, las cuales garantizan la prestación del servicio y, al mismo tiempo, el cuidado de los niños por parte de los dos padres, como la licencia parental compartida o la licencia parental flexible de tiempo parcial. Esta norma, a mí me parece muy de avanzada, sobre todo a nivel regional. Y es que debe reconocerse que Colombia, frente a la licencia de paternidad, es el país que más número de días le da al trabajador que es padre. Esto no significa que yo considere que dos semanas son suficientes: sí creo que son pocas y que se necesitarían más.
De hecho, con la Ley 2114 pasamos de ocho días hábiles a dos semanas y eso estaba condicionado a que, si se disminuye el desempleo en el país, bajo ciertos parámetros y ciertas condiciones, se empezaría a aumentar hasta cinco semanas. Ese periodo me parece que es importante para que el padre comparta con su bebé. Creo que dar ahora un salto a tres meses, en un periodo tan corto y en un país como el nuestro, es bastante. Entonces, son más ideales las estrategias que plantea la Ley 2114 que las que incluye la reforma laboral del actual Gobierno. Los tres meses de licencia de paternidad que plantea la reforma se reconocerían solo a quien es padre, sin mayores condiciones. Es decir, el señor que registra al niño tiene acceso a la prestación, pero no está atado a nada más, no tiene que estar en el lugar espacial del bebé, no importa si convive o no con la madre o con el niño, entonces creo que la propuesta es muy general y no sé si eso logre, realmente, disminuir la brecha, que es lo que se está buscando.
Adriana Camacho Ramírez
Es abogada de la Universidad del Rosario y de la Università degli Studi di Milano (Italia), magistra en Derecho Laboral y Administración del Personal en la Università Cattolica del Sacro Cuore di Milano (Italia) y doctora summa cum laude de la Universidad Alfonso X El Sabio (España). Actualmente, es profesora asociada y directora de la Maestría en Derecho Laboral de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario.
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