14 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 5 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Extinción del contrato por vencer su plazo es incompatible con terminación unilateral (10:42 a.m.)

31 de Agosto de 2015

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Nota:
103381
La extinción de un contrato por el vencimiento del término fijado para su duración no puede confundirse con la finalización ante la ocurrencia de una causa legal o convencional, afirmó la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia. De acuerdo con la sentencia, al extinguirse el plazo finaliza el contrato en cumplimiento del pacto, por lo cual no es posible la terminación unilateral o por consenso, ni tampoco con base en abuso del derecho. Además, reiteró que cuando exista conflicto sobre el cumplimiento del negocio el juez tiene autonomía para valorarlo, pero este análisis puede ser atacado, si se evidencia que el alcance otorgado por él es absolutamente diferente al que surge del contenido. Por otra parte, la corporación recordó que la condición meramente potestativa es nula, pues es inaceptable que alguien se obligue y, simultáneamente, conserve la libertad de quedar desligado. No obstante, aclaró que el hecho voluntario es distinto a la mera voluntad, porque si bien tienen en común la libertad de acción, el primero no obedece tanto al capricho del deudor, como sucede con la segunda (M. P. Luis Armando Tolosa).

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