04 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 2 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Reglamento de propiedad horizontal dispone si delegados del consejo de administración deben ser propietarios (9:00 a.m.)

18 de Abril de 2018

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Nota:
61137
La delegación que realiza un propietario de unidad privada para que su representante y/o autorizado sea parte del consejo de administración de la propiedad horizontal debe establecerse de manera clara y expresa en el documento que se suscriba para ello, de manera que se haga saber a los demás copropietarios que hacen parte de la asamblea general, indicó el Ministerio de Vivienda. La Ley 675 del 2001 no dispone si los delegados deben ostentar la calidad de propietarios, por lo que el reglamento de la copropiedad sí puede reglamentar este aspecto. En todo caso, aclaró la entidad, las estipulaciones de los reglamentos de propiedad horizontal no pueden ir en contra de lo que establece la ley, so pena de entenderse como no escritas.

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