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Mininterior fortalece la Autoridad Nacional de Consulta Previa

07 de Enero de 2020

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El Ministerio del Interior, a través del Decreto 2353, del pasado 26 de diciembre, modificó su estructura y fortaleció la dependencia encargada de atender el derecho de consulta previa, otorgándole autonomía administrativa y financiera.

 

Lo anterior teniendo en cuenta que la Corte Constitucional, mediante Sentencia SU-123 del 2018, exhortó al Gobierno Nacional y al Congreso para que adoptaran la medidas necesarias para regular lo relacionado con los certificados de presencia y afectación de comunidades étnicas que hagan efectivo el derecho a la consulta previa.

 

Así mismo, considerando que la consulta es requisito para que la autoridades competentes puedan adoptar y desarrollar decisiones debidamente motivadas y fundadas en los principios proporcionalidad, razonabilidad y el respeto de los derechos de las comunidades étnicas, sin perder de vista posiciones y criterios de las partes durante el proceso.

 

Por lo tanto, la disposición sustituyó los artículos 16 y 16A del Decreto 2893 del 2011, sobre funciones de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, y adicionó los artículos 16B, 16C y 16D, en relación con las funciones de la Subdirección de Gestión de Consulta Previa, de la Subdirección Corporativa y de la Dirección de Asuntos Religiosos.

 

La norma, que empezó a regir el pasado 1º de enero, aclaró que los procesos y asuntos que actualmente adelanta la Dirección de Consulta Previa continuarán a cargo de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa y de las subdirecciones que corresponda, de acuerdo con las competencias que señala la disposición.

 

Además, el Presidente de la República, en desarrollo de su competencia constitucional, adoptará la planta de personal que se requiera para el cumplimiento de las nuevas funciones establecidas.

 

Mininterior, Decreto 2353, Dic. 26/19. 

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