Consejo de Estado recuerda que la incompatibilidad entre los beneficios de la Ley Páez y el de auditoría se presenta por la concurrencia en un mismo periodo (4:13 p.m.)
08 de Abril de 2011
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Nota:
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El Consejo de Estado recordó que para obtener el beneficio de auditoría el contribuyente debía incrementar el impuesto neto de renta por lo menos en un 30% respecto del impuesto neto de renta liquidado en las vigencias fiscales de 1996 y 1997. De igual forma, reiteró que la incompatibilidad entre los beneficios de la Ley Páez (leyes 218 de 1995 y 382 de 1997) y el de auditoría se presenta por la concurrencia en un mismo periodo. En el fallo, el consejo también indicó que la procedencia de las deducciones del impuesto de renta está condicionada a la indispensabilidad de ese costo con el desarrollo de su actividad (C.P. Martha Teresa Briceño de Valencia).
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