21 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 12 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Tributario


EXTRA: Descargue el calendario tributario de Bogotá para el 2025

20 de Diciembre de 2024

Reproducir
Nota:
217971
Imagen
billetes-moneda-dinerojose-patino-1509241942.jpg

La Secretaría de Hacienda de Bogotá dio a conocer los plazos, lugares y descuentos aplicables para la presentación de declaraciones y el pago de tributos distritales durante el año 2025.

De acuerdo con la resolución, los contribuyentes del impuesto predial unificado que declaren y paguen la totalidad del impuesto correspondiente al año gravable 2025, o que realicen el pago completo a través del sistema de facturación, tendrán derecho a un descuento del 10 %, siempre que efectúen el pago a más tardar el 25 de abril del 2025. (Lea: EXTRA: Conozca el calendario tributario del 2025)

Asimismo, los propietarios de predios de uso residencial o no residencial que se acojan al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario (SPAC) deberán presentar una declaración inicial a través de la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda antes del 9 de mayo del 2025 y realizarán el pago del impuesto en cuatro cuotas iguales en las siguientes fechas: 

aaaa

En cuanto al impuesto sobre vehículos automotores, los contribuyentes deberán declarar y pagar la totalidad del impuesto correspondiente al año gravable 2025 a más tardar el 27 de junio del 2025, ante las entidades financieras autorizadas a través de los medios virtuales habilitados por la Secretaría de Hacienda.

Sin embargo, aquellos contribuyentes que declaren y paguen la totalidad del impuesto sobre vehículos automotores antes del 16 de mayo del 2025 tendrán derecho a un descuento del 10 % sobre el valor a pagar.

Contribuyentes del impuesto de industria y comercio: 

ccc

Agentes de retención del impuesto de industria y comercio: 

Resolucion-03

Los contribuyentes del impuesto de industria y comercio pertenecientes al régimen común cuyo impuesto a cargo (FU) correspondiente al año gravable 2024 no exceda de 391 UVT, es decir, de $ 18.402.415, estarán obligados a presentar por los medios virtuales adoptados por la Secretaría de Hacienda una única declaración anual por dicho año gravable, a más tardar el 27 de febrero del 2026.

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, con los datos identificadores y documentos sin límite.

Paute en Ámbito Jurídico

Siga nuestro canal en WhatsApp

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)