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Noticias / Tributario


¿El emplazamiento para corregir suspende el término para notificar el requerimiento especial? (10:28 a.m.)

09 de Agosto de 2018

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Nota:
107652
El emplazamiento para corregir tiene como finalidad que la Administración, sin necesidad de realizar mayores actuaciones, logre persuadir al contribuyente para que corrija voluntariamente su declaración, explica la Sección Cuarta del Consejo de Estado. Sin embargo, esta es una opción a la cual puede acudir la administración siempre y cuando tenga indicios sobre la inexactitud de la declaración del contribuyente. En ese sentido, el emplazamiento pierde sustento cuando se profiere luego de que se ha practicado la inspección tributaria, pues en ese momento la Administración ya no actúa con base en indicios, sino que tiene elementos probatorios que ha podido verificar o constatar directamente en los soportes de la declaración presentada por el contribuyente. Así las cosas, si el emplazamiento para corregir se expide durante o después de la práctica de la inspección tributaria no suspende el término preclusivo con que cuenta la Administración para notificar el requerimiento especial (C. P. Stella Jeannette Carvajal).

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