Definen procedimiento para aplicar reducción arancelaria a mercancías con subpartida diferente en el nuevo Arancel de Aduanas (4:00 p.m.)
01 de Marzo de 2012
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Nota:
79526
En vista de que la expedición del nuevo Arancel de Aduanas (Decreto 4927/11) implicó que algunos productos quedarán con dos gravámenes arancelarios, debido a que el Decreto 2917 del 2011 estableció un arancel temporal del 0 %, la DIAN acaba de impartir las instrucciones para solucionar esa dualidad arancelaria. El cero arancel se aplicará únicamente a las mercancías relacionadas en el Decreto 2917, y su aplicación deberá realizarse a través de “modalidad”, es decir, que el declarante/importador deberá registrar en la declaración de importación alguna de las modalidades señaladas en la Circular 13 del pasado 27 de febrero, precisó la entidad.
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