21 de Julio de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Recuerdan particularidades de las desmovilizaciones individuales y colectivas ocurridas entre el 2005 y el 2006

30 de Mayo de 2017

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Nota:
55375
Una sentencia de la Sala Penal en la que se absolvió a un brigadier general de los delitos de  porte o tenencia de armas de uso privativo de las fuerzas armadas, fraude procesal continuado y peculado por apropiación recordó que las desmovilizaciones individuales ocurridas entre los años 2005 y 2006 fueron competencia del Ministerio de Defensa Nacional, en coordinación con el Ministerio del Interior. Las colectivas, por su parte, fueron el resultado de un acuerdo entre el Alto Comisionado para la Paz y un miembro designado por la organización armada ilegal reconocido por el Gobierno Nacional. Según el alto tribunal, las primeras no son producto de diálogos o acercamientos previos con el Gobierno, en tanto corresponden a la decisión personal del miembro de la organización armada ilegal. En estos casos, la persona o personas, por voluntad propia, se presentan ante jueces, fiscales, autoridades militares o de policía, representantes del Procurador General de la Nación, representantes del Defensor del Pueblo o las autoridades territoriales y la pertenencia al grupo armado ilegal se acredita mediante la certificación expedida por el Comité Operativo para la Dejación de las Armas. En las colectivas, en cambio, la calidad de miembro de la organización armada ilegal se acredita mediante la lista que presenta el vocero o representante de dicho grupo, quien expresamente manifiesta reconocer su pertenencia al mismo (M. P. José Luis Barceló).

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