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Noticias / Mercantil


Adoptan los códigos de la CIIU y determinan categorías y subcategorías de prestadores de servicios turísticos

04 de Abril de 2022

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Nota:
141499

A través de la Resolución 408, del 22 de marzo, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo adoptó los códigos de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) y determinó las categorías y subcategorías de prestadores de servicios turísticos para su inscripción en el Registro Nacional de Turismo.

 

La disposición se aplicará a todos los prestadores de servicios turísticos, dentro de los que están los guías de turismo, los operadores profesionales de congresos, ferias y convenciones, los arrendadores de vehículos para turismo, las compañías de intercambio vacacional y las captadoras de ahorros para viajes y de servicios turísticos prepagados, y a las cámaras de comercio, en su calidad de administradores del Registro Nacional de Turismo.

En los casos en que se indique más de un código CIIU por subcategoría, las cámaras de comercio deberán verificar la utilización de al menos uno de los códigos indicados en la norma, sin que sea necesario para el prestador utilizar todos los códigos indicados de manera simultánea. Esta clasificación se adopta sin perjuicio de situaciones anteriores a su adopción.

La nueva clasificación es aplicable a todos los prestadores de servicios turísticos, independientemente de si cuentan o no con establecimiento de comercio. Así mismo, precisó la entidad, los códigos CIIU correspondientes a las categorías o subcategorías de prestadores de servicios turísticos podrán actualizarse en caso de que la clasificación CIIU sea actualizada por el Dane.

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